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Cada vez más parejas conviven sin casarse, y muchas descubren tarde que la póliza familiar de decesos de uno de ellos no incluye al otro. El seguro de decesos para parejas de hecho funciona igual que para un matrimonio, pero exige algo más de atención: hay que dar de alta expresamente a la pareja, acreditar la convivencia y dejar claros los deseos de cada uno. Hacerlo con tiempo evita que, en el momento más duro, la persona que más quería al fallecido se sienta apartada.

Seguro de decesos para parejas de hecho: lo que conviene saber

El seguro de decesos cubre el servicio funerario de cada persona asegurada en la póliza. No basta con vivir juntos: la pareja tiene que figurar como asegurada. Las compañías suelen permitir incluir a la pareja en la póliza familiar, aunque cada una fija sus propias condiciones de alta, edad y prima.

Para dar el alta, la aseguradora puede pedir que se acredite la relación. Los documentos habituales son el certificado de inscripción en el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma o del ayuntamiento, o un certificado de empadronamiento en el mismo domicilio. Pregunte a su compañía cuál acepta.

Consecuencias prácticas

  1. Si la pareja no está dada de alta, no está cubierta. La convivencia por sí sola no la convierte en asegurada.
  2. La antigüedad de cada asegurado cuenta por separado. Si una de las dos personas ya tiene póliza propia, valore antes de cambiar si pierde ventajas.
  3. La prima depende de la edad de cada uno. Incluir a la pareja encarece el recibo según su edad y la localidad donde vivís.
  4. Los deseos sobre el funeral deben quedar escritos. Sin instrucciones, las decisiones pueden recaer en la familia de origen, y eso genera conflictos.
  5. Si os separáis, hay que actualizar la póliza. Dar de baja a la expareja o hacerle una póliza propia evita pagar de más o perder su cobertura sin querer.

Quién decide sobre el funeral

En la práctica, el servicio lo organiza quien llama a la aseguradora con la póliza en la mano. Pero cuando hay desacuerdos entre la pareja y los padres o hermanos del fallecido, las funerarias y las compañías se encuentran en una posición delicada. Las instrucciones previas por escrito, un testamento o una nota en la ficha de la póliza son la mejor forma de proteger la voluntad de cada uno. Le recomendamos nuestra guía sobre cómo dejar instrucciones para tu propio funeral.

Herencia y derechos de la pareja

Los derechos sucesorios de la pareja de hecho no son los mismos en toda España: dependen de la comunidad autónoma y de si existe testamento. El seguro de decesos no resuelve la herencia, pero sí garantiza que el servicio funerario está pagado y que nadie tendrá que adelantar dinero mientras se aclaran esas cuestiones.

Si hay hijos de relaciones anteriores

Es habitual que en las parejas de hecho convivan hijos de cada uno. Conviene decidir quién figura en qué póliza y revisar los datos cada vez que cambia la familia. Lo explicamos en seguro de decesos en familias reconstituidas y en altas y bajas en la póliza familiar.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que estar inscrito en el registro de parejas de hecho?

Depende de la aseguradora. Algunas aceptan el empadronamiento conjunto; otras piden la inscripción. Consulte las condiciones antes de solicitar el alta.

¿Puedo ser yo el tomador y pagar la póliza de mi pareja?

Sí. Tomador y asegurado pueden ser personas distintas. El tomador paga los recibos y la pareja figura como asegurada.

¿Qué pasa con la póliza si fallece el tomador?

Otro asegurado puede asumir el pago y continuar con la póliza. Lo detallamos en muere el tomador de la póliza familiar.

Revise su póliza con calma

Si convive con su pareja y no sabe si está incluida, merece la pena comprobarlo hoy mismo. Si quiere una revisión independiente de su seguro de decesos, en decessos.es le ayudamos sin compromiso. La regulación básica de este seguro está en la Ley de Contrato de Seguro.