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Las personas con discapacidad y sus familias se han encontrado durante años con dificultades para contratar seguros: cuestionarios que preguntan de más, rechazos sin explicación o primas más altas. El seguro de decesos no es una excepción. La ley prohíbe hoy esta discriminación. En este artículo explicamos los derechos al contratar un seguro de decesos para personas con discapacidad, qué puede y no puede hacer la aseguradora y cómo incluir a un familiar con discapacidad en la póliza.

La prohibición de discriminar

La Ley de Contrato de Seguro incluye, desde 2018, una disposición que prohíbe discriminar por razón de discapacidad o de determinadas condiciones de salud en la contratación de seguros. En concreto, no se puede:

  • Denegar el acceso a la contratación.
  • Establecer procedimientos de contratación diferentes a los habituales.
  • Imponer condiciones más onerosas.

Solo se admiten diferencias si están justificadas de forma objetiva con datos actuariales fiables y son proporcionadas. Además, la ley declara nulas las cláusulas contrarias a esta prohibición.

¿Afecta la discapacidad al seguro de decesos?

El seguro de decesos es, en la mayoría de sus modalidades, uno de los seguros más accesibles: muchas pólizas no exigen cuestionario médico o lo simplifican mucho, porque lo que cubren es un servicio funerario con un coste conocido. Por eso, en general, la discapacidad no debería ser un obstáculo. Te lo explicamos en decesos sin reconocimiento médico.

Donde pueden aparecer diferencias es en coberturas complementarias vinculadas a la salud (accidentes, capitales adicionales), que tienen sus propias reglas.

Incluir a un familiar con discapacidad en la póliza familiar

En las pólizas familiares, los hijos suelen estar incluidos hasta cierta edad. Cuando un hijo con discapacidad supera esa edad, conviene revisar:

  • Si la póliza permite mantenerlo como asegurado sin límite de edad por su situación de dependencia.
  • Si, en caso de fallecimiento de los padres, habrá alguien que asuma el pago de la póliza (qué pasa si muere el tomador).
  • Si el hijo tiene un tutor o curador, quién firmará los cambios de póliza.

Seguro de decesos para personas con discapacidad: consejos prácticos

  1. Compara compañías: los criterios de aceptación varían.
  2. Si te piden información médica, responde solo a lo que se pregunta.
  3. Si te rechazan o encarecen, pide la justificación por escrito.
  4. Considera la prima nivelada o única si quieres estabilidad de coste a largo plazo.
  5. Deja previsto quién gestionará la póliza si el asegurado no puede hacerlo.

Qué hacer si te discriminan

Presenta una reclamación al servicio de atención al cliente de la aseguradora, citando la prohibición de discriminación de la Ley de Contrato de Seguro. Si no se resuelve, acude al servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros. Las entidades del tercer sector de la discapacidad también asesoran en estos casos. Más sobre el procedimiento en cómo reclamar ante la DGSFP.

Planificación a largo plazo

Para familias con un hijo con discapacidad, el seguro de decesos forma parte de una planificación más amplia que puede incluir testamento, patrimonio protegido y seguros de vida a favor del hijo. Pensar en todo ello a la vez ofrece más tranquilidad sobre su futuro.

Preguntas frecuentes

¿Puede una persona con discapacidad intelectual ser tomadora? Si tiene medidas de apoyo, se estará a lo que establezcan; la persona de apoyo puede asistirla en la contratación.

¿Hay que declarar la discapacidad en un seguro de decesos? Solo si el cuestionario lo pregunta expresamente.

¿Puede la compañía cobrarme más si mi hijo tiene discapacidad? Solo si lo justifica con datos actuariales objetivos y proporcionados; en otro caso, sería discriminatorio según la Ley de Contrato de Seguro.

¿Existen pólizas pensadas para familias con hijos con discapacidad? Algunas compañías permiten mantener al hijo en la póliza familiar sin límite de edad; conviene preguntarlo expresamente.

¿Quién gestiona la póliza si los padres faltan? Es recomendable designarlo en testamento o mediante las medidas de apoyo que correspondan.

Conclusión

La ley protege a las personas con discapacidad frente a la discriminación en los seguros, y el de decesos es uno de los más accesibles. Revisar bien la póliza familiar y prever quién la mantendrá en el futuro es especialmente importante en estas familias.

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