En las semanas posteriores a un fallecimiento, la familia se enfrenta a una larga lista de gestiones: bancos, suministros, teléfono, suscripciones, redes sociales… Muchas se olvidan y generan cargos durante meses. En esta guía práctica repasamos cómo cancelar cuentas y suministros del fallecido, en qué orden hacerlo y qué documentación necesitas, y cómo te puede ayudar el servicio de gestoría de tu seguro de decesos.
Documentación básica que vas a necesitar
- Certificado de defunción (varias copias). Te explicamos cómo pedirlo en certificado de defunción y últimas voluntades.
- Certificado de últimas voluntades y copia del testamento, o declaración de herederos.
- DNI del fallecido y de quien realiza la gestión.
- Libro de familia, si procede.
1. Bancos
Comunica el fallecimiento a cada entidad. El banco bloqueará las cuentas a nombre del fallecido hasta que se acredite quiénes son los herederos. Ten en cuenta:
- Muchas entidades permiten pagar la factura del funeral con cargo a la cuenta del fallecido aunque esté bloqueada.
- Pide un certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, necesario para el Impuesto de Sucesiones.
- Revisa si había préstamos con seguro de vida vinculado y reclámalo.
- Cancela las tarjetas para evitar cargos recurrentes.
2. Cancelar cuentas y suministros del fallecido: luz, agua, gas
Si la vivienda seguirá ocupada por un familiar, lo adecuado es un cambio de titular, no una baja. Si queda vacía, puedes solicitar la baja o mantener el suministro mínimo. Las compañías suelen pedir el certificado de defunción y los datos del nuevo titular. Hazlo pronto para que las facturas no se acumulen en una cuenta bloqueada.
3. Teléfono, internet y televisión
Las operadoras permiten la baja o el cambio de titular por fallecimiento, normalmente sin penalización por permanencia. Solicita la portabilidad si un familiar quiere conservar el número.
4. Suscripciones y pagos recurrentes
Revisa los movimientos de los últimos meses para detectar pagos domiciliados: plataformas de vídeo y música, gimnasio, prensa, asociaciones, seguros (hogar, coche, salud). Muchas se cancelan online con el certificado de defunción.
5. Redes sociales y cuentas digitales
La Ley Orgánica de Protección de Datos reconoce a los herederos y personas vinculadas el derecho a acceder a los contenidos digitales del fallecido y a solicitar su supresión, salvo que el fallecido lo hubiera prohibido. Las principales redes permiten convertir el perfil en conmemorativo o eliminarlo. Algunas pólizas de decesos incluyen un servicio de borrado digital; lo tratamos en borrado digital y testamento online.
6. Administraciones públicas
- Seguridad Social: el Registro Civil comunica el fallecimiento, pero conviene solicitar las pensiones de viudedad u orfandad y comprobar que la pensión del fallecido se da de baja (si se sigue cobrando, habrá que devolverla).
- Tráfico: cambio de titularidad o baja de los vehículos.
- Hacienda: declaración de la renta del año del fallecimiento e Impuesto de Sucesiones en el plazo de seis meses.
- Ayuntamiento: baja del padrón (automática en muchos casos) y tributos como el IBI.
Ejemplo de calendario
Primera semana: bancos, tarjetas y suministros de la vivienda. Primer mes: teléfono, suscripciones, Seguridad Social y seguros del fallecido. Primeros seis meses: herencia, Impuesto de Sucesiones, vehículos e inmuebles. Tener un calendario evita olvidos y recargos.
El servicio de gestoría del seguro de decesos
Muchas pólizas incluyen gestoría para bajas y cambios de titularidad, además de trámites con la Seguridad Social. Consulta si la tuya lo incluye en los trámites de gestoría tras el fallecimiento. Te ahorrará tiempo y desplazamientos.
Preguntas frecuentes
¿Hay que devolver el DNI del fallecido? No es obligatorio; puede conservarse.
¿Qué pasa si sigo pagando facturas desde mi cuenta? Puedes recuperar esos importes de la herencia como gastos pagados por cuenta de ella.
¿El banco puede cobrar recibos después del fallecimiento? Hasta que se le comunica, sí. Por eso es prioritario avisar al banco y revisar los cargos posteriores para reclamar los indebidos.
¿Qué hago con el coche del fallecido? Mantener el seguro en vigor hasta que se cambie la titularidad o se dé de baja; si se usa sin seguro, hay riesgo de sanciones.
¿Y con los seguros de hogar? Si la vivienda sigue ocupada, cambia el tomador; si queda vacía, informa a la aseguradora, porque la desocupación puede afectar a la cobertura.
Conclusión
Cancelar cuentas y suministros del fallecido es un trabajo administrativo largo, pero ordenado resulta más llevadero. Empieza por bancos y suministros, sigue con suscripciones y administraciones, y aprovecha la gestoría de tu seguro de decesos si la tienes.
¿Quieres saber si tu póliza está bien planteada o comparar alternativas? En decessos.es te ayudamos a comparar seguros de decesos con asesoramiento independiente de corredor.
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