Las parejas de hecho, familias monoparentales y familias reconstituidas tienen pleno acceso a los seguros de decesos familiares. La legislación española y las aseguradoras han adaptado sus productos a la diversidad familiar actual.
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¿Las parejas de hecho pueden contratar seguro de decesos familiar?
Sí. La mayoría de aseguradoras equiparan las parejas de hecho (inscritas en el registro correspondiente) a los matrimonios a efectos del seguro de decesos familiar. Necesitarás aportar el certificado de pareja de hecho de tu comunidad autónoma.
¿Y las familias monoparentales?
Un progenitor soltero puede contratar una póliza familiar que cubra a él y a sus hijos. No es necesario incluir a una pareja. El precio se calcula en función de los asegurados reales.
¿Qué pasa con las familias reconstituidas?
Las familias con hijos de relaciones anteriores también pueden incluirse en la póliza familiar. Algunos aseguradores limitan la cobertura a hijos del titular, mientras otros incluyen también a los hijos de la pareja.
Documentación necesaria
- Para parejas de hecho: certificado de pareja de hecho
- Para familias monoparentales: libro de familia o acta de nacimiento
- Para familias reconstituidas: consultar con la aseguradora
Conclusión
Las familias no tradicionales tienen las mismas opciones de cobertura que las familias convencionales. Comunica tu situación a la aseguradora para que te ofrezcan la póliza más adecuada.
Para ampliar información, consulta nuestras guías sobre el seguro de decesos familiar y cómo reclamar un seguro de decesos. Puedes revisar también el marco legal en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro publicada en el BOE.
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