El seguro de decesos de prima única para mayores de 75 se ha convertido en la fórmula casi obligada para contratar cobertura funeraria a edades avanzadas: un único pago que garantiza el sepelio de por vida, sin cuotas anuales que suban cada año. Si estás valorando esta opción para ti o para un familiar, conviene saber cuánto cuesta realmente en 2026, qué incluye y qué derechos te protegen antes de firmar.
Cuánto cuesta un seguro de decesos de prima única en 2026
Contratar un seguro de decesos de prima única significa abonar de una sola vez el capital que respaldará el servicio funerario en su totalidad, de modo que ni el asegurado ni los beneficiarios vuelven a pagar nada. A partir de los 75 años, la mayoría de compañías ya no ofrecen la prima anual (nivelada o creciente) y remiten directamente a esta modalidad de pago único.
Los precios orientativos en España para esa edad se mueven en 2026 en una horquilla aproximada de entre 5.600 € y 8.500 € en pago único, según la compañía, la provincia y las coberturas contratadas. En plazas como Madrid, algunas de las opciones más económicas rondan los 5.700 € (Europea) o los 6.000 € (Fiatc), mientras que las más caras superan los 8.000 € (Caser). Son cifras indicativas: el coste depende del capital asegurado, de si se incluye asistencia en vida y de la tarifa vigente de cada aseguradora en el momento de la contratación.
La lógica financiera de la prima única es sencilla: frente a las cuotas anuales, que crecen con la edad, el pago único se amortiza en torno a los 20-23 años y elimina el riesgo de que la póliza se encarezca justo cuando más difícil resulta asumirla. En cuanto a la contratación, a estas edades suele bastar con un cuestionario de salud y, en muchos casos, la aceptación es prácticamente automática, aunque cada compañía fija sus propios límites.
Desde el punto de vista legal, el seguro de decesos está regulado en el artículo 106 bis de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, introducido por la Ley 20/2015. Esa norma obliga al asegurador a prestar el servicio funerario pactado y a constituir y mantener la provisión técnica (la llamada reserva matemática) que respalda el pago único: es decir, tu dinero no se «consume» cada año, sino que queda reservado para garantizar la prestación.
Consecuencias prácticas y derechos del beneficiario
Antes de contratar, o si ya tienes una póliza de este tipo, conviene tener claros estos cinco puntos:
- Servicio garantizado de por vida. Una vez pagada la prima única, la cobertura funeraria queda asegurada sin nuevas cuotas ni revisiones de precio, pase el tiempo que pase.
- Derecho de desistimiento. Dispones de un plazo para desistir del contrato tras la firma (habitualmente 30 días en las modalidades asimiladas a vida) siempre que no se haya solicitado ninguna prestación; comunicándolo por escrito recuperas lo abonado.
- Rescate y reserva matemática. En muchas pólizas de prima única existe la posibilidad de rescate: recuperar el importe correspondiente a la reserva matemática constituida, del que se descuentan impuestos, gastos y la parte de riesgo ya consumida.
- Devolución de excedentes. Si el coste real del servicio funerario resulta inferior al capital asegurado, buena parte de las pólizas obliga a devolver la diferencia a los beneficiarios.
- Portabilidad de la provisión. El artículo 106 bis contempla la movilización de la reserva al cambiar de compañía, para que no pierdas lo acumulado si decides traspasar la póliza.
¿Qué hacer si tu aseguradora de decesos no cubre el siniestro?
Si tras el fallecimiento la compañía se niega a prestar el servicio, aplica una exclusión dudosa o retrasa el sepelio, no estás indefenso. El primer paso es reclamar por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de la aseguradora, que dispone de un plazo máximo para responder. Si no hay solución, puedes acudir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) y, en última instancia, a la vía judicial, donde muchas exclusiones abusivas o mal informadas acaban declarándose nulas.
Guarda siempre la póliza, los recibos, el certificado de defunción y toda la comunicación con la compañía: es la base de cualquier reclamación. Puedes seguir el detalle en nuestra guía sobre cómo reclamar si la aseguradora no paga y, si además hay patrimonio de por medio, revisar qué implica el seguro de vida y herencia: qué debes saber.
Da el paso con la información en la mano
Contratar un seguro de decesos de prima única a los 75 es una decisión importante y, muchas veces, se toma en un momento delicado. Compararlo con calma evita pagar de más y garantiza que la familia no tenga que preocuparse por nada llegado el momento. En decessos.es, el comparador de seguros de decesos en España, puedes contrastar coberturas y precios de las principales compañías de forma gratuita y sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿A los 75 años solo se puede contratar prima única?
No siempre, pero es lo habitual. A partir de esa edad la mayoría de aseguradoras retiran las modalidades de prima anual y ofrecen únicamente el pago único, porque el riesgo se concentra en pocos años.
¿Cuánto cuesta de media un seguro de decesos de prima única a los 75?
En 2026 se mueve, de forma orientativa, entre unos 5.600 € y 8.500 € en pago único, según compañía, provincia y coberturas. Comparar varias aseguradoras puede suponer un ahorro de más de 2.000 €.
¿Puedo recuperar el dinero si cancelo la póliza?
En muchas pólizas de prima única sí, mediante el rescate de la reserva matemática, de la que se descuentan gastos, impuestos y la parte de riesgo consumida. Conviene revisar esta cláusula antes de firmar.
¿Qué pasa si el entierro cuesta menos que el capital asegurado?
Numerosas pólizas obligan a devolver el excedente a los beneficiarios. Reclama esa diferencia si no te la abonan de oficio.
¿La aseguradora puede negarse a cubrir el sepelio?
Solo por causas previstas legalmente y con exclusiones claras y no abusivas. Si te lo deniegan sin fundamento, puedes reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente, la DGSFP y los tribunales.
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